La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP revocó la aceptación de sometimiento del exsenador Julio Alberto Manzur Abdala, debido a que no presentó un compromiso claro de aporte a la verdad en torno al conflicto armado y, por lo tanto, lo excluyó de la Jurisdicción.
El exsenador Manzur Abdala había firmado un compromiso claro, concreto y programado ante la JEP e, incluso, asistió a versiones de aporte temprano a la verdad. Sin embargo, estas actuaciones no alcanzaron los estándares exigidos por la Jurisdicción en el caso de terceros y agentes del Estado no integrantes de la fuerza pública. Así las cosas, el documento y las declaraciones del exsenador fueron valorados por la Sala y se determinó que no fueron amplios ni exhaustivos, ni tampoco superaban lo probado en la jurisdicción ordinaria por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, especialmente frente a los hechos que se relacionaban con el fenómeno conocido como la "parapolítica".
Se concluyó entonces que los aportes de verdad que realizó el compareciente no eran relevantes y denotaban falta de seriedad y compromiso con el sistema de justicia transicional. Por lo tanto, el proceso del exsenador continuará en la justicia ordinaria.
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Conozca más sobre esta decisión en el Comunicado 035 de 2022 de la JEP.
Fuente: Jurisdicción Especial para la Paz.