Se trata del macrocaso 10, el cual abrió la JEP para investigar los graves crímenes e infracciones al DIH cometidos por las FARC-EP.
En este nuevo macrocaso, se agrupan 306 informes entregados por la sociedad civil y los informes de la Fiscalía sobre crímenes cometidos por las FARC-EP durante el conflicto armado, entre los cuales se encuentran graves infracciones al derecho penal internacional como homicidios de personas protegidas por el DIH, desapariciones forzadas, desplazamiento forzado, violencia sexual y el uso de medio y métodos ilícitos de guerra.
Estos crímenes serán investigados y juzgados por la JEP en el macrocaso 10 siempre que no estén siendo investigados dentro de otro de los macrocasos ya existentes. El macrocaso fue denominado "Crímenes no amnistiables cometidos por miembros de las extintas FARC-EP por causa, con ocasión, o en relación directa o indirecta con el conflicto armado colombiano". En este sentido entonces, se trata de los hechos ocurridos por fuera de los municipios que hacen parte de los 3 macrocasos territoriales ya priorizados por la JEP y también de aquellos hechos que están por fuera de las conductas analizadas en los casos de secuestro, reclutamiento y utilización de niñas y niños en la guerra.
La decisión de abrir este nuevo macrocaso se dio a partir de 3 criterios objetivos de impacto: i) la gravedad de los hechos; ii) la magnitud de la victimización; y iii) la representatividad. Igualmente, la JEP tuvo en cuenta 2 criterios subjetivos de impacto: i) la vulnerabilidad de las víctimas; y ii) la representatividad de los presuntos responsables.
La Sala de Reconocimiento detectó 3 patrones importantes dentro del nuevo macrocaso:
- Patrón de crímenes cometidos en ejercicio del control social y territorial, el cual agrupa las conductas no amnistiables que se cometieron en el ejercicio del control social y territorial por parte de las FARC-EP.
- Patrón de crímenes cometidos en desarrollo de las hostilidades, que agrupa conductas no amnistiables cometidas en el desarrollo de las hostilidades, como homicidios, los ataques indiscriminados, uso de medios y métodos de guerra prohibidos en tomas guerrilleras a poblaciones civiles, etc.
- Patrón de crímenes cometidos por redes urbanas, que agrupa conductas no amnistiables como homicidios y ataques a bienes y personas civiles en contextos urbanos.
Así las cosas, la Sala llamará a rendir versión colectiva sobre estos hechos a exguerrilleros de todos los frentes y versión individual a los comandantes de la antigua guerrilla. Así mismo, llamará a quienes sean identificados como ejecutores notorios. Cabe recordar que quienes sean llamados deberán aportar verdad plena, detallada y exhaustiva sobre estos graves crímenes.
Conozca más sobre esta decisión en el comunicado de la JEP.
Fuente: Jurisdicción Especial para la Paz.