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La JEP no debe limitar en exceso su competencia sobre los terceros que participaron en el conflicto

Dejusticia y la Universidad de Essex le pidieron a la Jurisdicción Especial para la Paz revisar su decisión de rechazar el caso del excongresista David Char Navas, pues se crearía un precedente negativo para los terceros que se presenten a ella voluntariamente.

A continuación, se realiza una transcripción de la noticia publicada por Dejusticia. Todo el texto y las imágenes fueron tomadas de su página web.

Después de que la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) rechazara conocer el caso del excongresista y empresario David Char Navas, quien tiene abierta una investigación por presuntamente haber apoyado a los paramilitares del Bloque Norte de las autodefensas, Dejusticia y el Transitional Justice Network de la Universidad de Essex le pidieron a ese tribunal cambiar su posición. Consideramos, sin que con ello estemos defendiendo al excongresista, que las conductas por las que Char es investigado sí pueden ser vistas como parte del conflicto armado, requisito esencial para que la JEP reciba un caso, y por esto el tribunal debió aceptarlo.

A David Char, miembro de una prestigiosa familia de políticos y empresarios del Atlántico, se le acusa de haber negociado con el frente José Pablo Díaz del Bloque norte de las AUC para que lo apoyaran en sus campañas a la Cámara (2002) y al Senado (2005). Además, es señalado de  haber brindado apoyo logístico, económico y militar a las AUC. Por estos hechos, David Char decidió presentarse voluntariamente ante la JEP, alegando su intención de contribuir a la verdad sobre las relaciones entre los paramilitares y políticos y empresarios del norte del país.

La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP, a donde llegó el caso de Char, decidió rechazarlo el pasado 7 de mayo, argumentando que las conductas investigadas no tenían relación directa o indirecta con el conflicto armado. Para esta Sala, las acciones cometidas por David Char estaban motivadas por la búsqueda de un beneficio personal y, además, se trataron de delitos comunes y no de conductas típicas de la guerra. Esto, sostuvo la JEP, excluía cualquier relación con el conflicto armado y por lo tanto decidió que no tenía competencia para asumir el caso.  

Frente a esta decisión, presentamos un escrito el pasado 14 de junio en la secretaría de JEP, en el que sostuvimos que la Jurisdicción Especial para la Paz fue  concebida en el Acuerdo Final de Paz, y en una reforma constitucional que la integró a la Constitución (AL 1/2017), como una instancia judicial que debía conocer sobre todos los hechos que ocurrieron en el conflicto armado, y sobre todos los posibles involucrados y responsables. Por esto, sostuvimos que la competencia de la JEP debe ser interpretada de forma amplia, a tal punto que incluso deben ser resueltos a favor de la JEP los casos en donde existan dudas sobre si tiene o no competencia.

Consideramos que la decisión que tomó la JEP frente al caso de David Char debe modificarse porque, de lo contrario, se dejaría un precedente negativo al limitar en exceso su competencia sobre los terceros que se presenten voluntariamente. Le conviene más al país que la JEP acepte a esos terceros porque pueden contribuir a conocer la verdad de lo ocurrido en el conflicto, a la reparación de las víctimas y a desarrollar garantías de no repetición. Además, los terceros que decidan presentarse a la JEP tendrían mayores garantías por la seguridad jurídica que recibirán a cambio de sus contribuciones a la verdad y a la reconciliación.

Consulte la noticia completa en: https://www.dejusticia.org/la-jep-no-debe-limitar-en-exceso-su-competencia-sobre-los-terceros/


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