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Aunque no haya ley de procedimiento, la JEP puede funcionar normalmente
La presidenta de la JEP celebró la aprobación de la Ley de Amnistía.
Con la decisión de la Corte Constitucional de avalar la Ley de Amnistía y en la que establecieron los parámetros que deben tener en cuenta el Congreso y la misma JEP para establecer su reglamento de procedimiento, la presidenta de la nueva corporación, Patricia Linares, celebró la decisión.
“Esta decisión de la Corte Constitucional es un elemento más en este proceso en el que se ha venido avanzando de completar y definir el marco normativo que nos va a orientar. En esa perspectiva contar con esta decisión facilita nuestro trabajo y da garantías y seguridad jurídica para el desarrollo de nuestra labor y especialmente para las víctimas y los postulados”, dijo.
Según la Corte Constitucional, teniendo en cuenta que quienes se sometan a la JEP deben ayudar a la satisfacción de los derechos de las víctimas, se deben definir las sanciones y la gravedad de los incumplimientos que se lleguen a presentar. De hecho, se dejó la puerta abierta para que una de las sanciones sea la pérdida de los beneficios judiciales.
Sin embargo, la pregunta que se hacían algunos era cómo entraría a operar si aún en la Corte está pendiente la revisión constitucional de la Ley Estatutaria que la reglamenta. Al respecto se refirió el presidente del alto tribunal, Alejandro Linares.
“Eso no quiere decir que la JEP no puede actuar mientras se expide la ley de procedimiento, sencillamente la JEP entra a operar el 15 de marzo si la memoria no me falla y la JEP podrá empezar a actuar con su reglamento interno y con la decisiones de esta Corte que le dan lineamientos a los magistrados”, dijo el presidente de la Corte Constitucional.
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